C
omo principio fundamental de cualquier asociación, queda excluido todo ánimo de lucro de sus fines. Así consta en los estatutos:
Financiación Abierta
El sistema de financiación es totalmente abierto para que la Junta Directiva y la Asamblea General decida en cada momento las actividades a realizar, las dotaciones económicas necesarias y sus fuentes internas y/o externas.
Administradores responsables.
Quienes administren el presupuesto de cada año serán responsables, por culpa o negligencia, del cumplimiento de los acuerdos presupuestarios de la Asociación, y esta responsabilidad podrá ser exigida ante los Tribunales, si a ello hubiera lugar, por el 33% de los socios registrados en la Asociación.
Presupuestos asamblearios.
La Asamblea General determinará anualmente los presupuestos a que ha de ajustarse la actividad a realizar, estableciéndose estatutariamente la prohibición de realizar actividad alguna que, previamente, no haya sido dotada de los medios financieros necesarios. Con ello se trata de eliminar radicalmente los “agujeros“ económicos que, con tan fatal frecuencia, arruinan la actividad asociativa.
Sencillez y austeridad.
El régimen económico-financiero de la ASOCIACIÓN se basa en los principios de sencillez y austeridad, reduciendo lo más posible, sin merma de eficacia, los capítulos de gastos administrativos y de personal.
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